jueves, 27 de enero de 2011

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27 ene 2011

Si has visto el vídeo de la paliza seguro que no lo has olvidado. Sucedió en la puerta de una discoteca de la Avenida de Constitución en Granada, cuando diez jóvenes se lanzaron contra otros tres. Patadas lanzadas después de tomar carrerilla, gritos de "mátalo" y una chica golpeando con el tacón de su zapato al que llevó la peor parte mientras estaba tendido en el suelo. Trending absoluto: 80.000 visitas en YouTube en tres días, más de 3.200 meneos en Menéame (que es mucho), varias noticias entre lo más visto del diario Ideal de Granada y decenas de hilos abiertos en foros.

La pelea ocurrió en la madrugada del sábado al domingo. El domingo, el abogado granadino Rafael Alba subió a YouTube la grabación de los sucesos que no le dejaron dormir la noche anterior y que tomó desde la ventana de su piso. Junto al vídeo publicó un mensaje: "se ruega a policía, jueces y fiscales, que abran diligencias de oficio para identificar y juzgar a los participantes en esta pelea. Si alguien los identifica, debe denunciarles. No es admisible en un Estado de Derecho que nadie se tome la justicia por su mano; si el agredido hizo algo mal, se le detiene y se le denuncia, pero no se le puede linchar en la calle como lo hicieron".

Alba, después de grabar la agresión ofreció el vídeo a las víctimas y a la policía, explicó en Ideal. Pero los almerienses prefirieron no denunciar, no pasaron por el hospital y volvieron a su ciudad. La policía dijo que sin denuncia, no había diligencias. Indignado, según él, porque nadie le pedía la grabación, Alba la publicó en la red y decidió pedir ayuda ciudadana para identificar a los agresores. Primero en un foro local y luego en Forocoches.

Y ahí se lió, porque nada le gusta más a los forococheros que hacer un CSI: investigar a alguien de arriba a abajo aprovechando su enorme tamaño (es el mayor foro en español de internet según big-boards, con más de medio millón de usuarios) y las habilidades en el uso de las redes de sus miembros. En pocas horas se habían publicado todo tipo de detalles incluidos los nombres del chico de los pantalones blancos, de la tacones y del resto de los supuestos miembros de la pandilla gracias -entre otros datos- a los nombres propios que se oyen en la grabación, los Facebooks y Tuentis de los sospechosos y las relaciones que estos perfiles desvelaban entre ellos. En otros foros como Mediavida también se colaboró en la búsqueda, e incluso se creó un evento en Facebook. Los comentarios de las noticias de la prensa también se llenaron de nombres. Los señalados enseguida borraron sus perfiles en las redes sociales.

Alba explica lo sucedido en este video de Ideal: "Forocoches es el CSI de España. Cuando quieres localizar a alguien que ha hecho algo tú lo pones en Forocoches y te lo localizan (...) Ya están localizados en Facebook. La policía sólo tiene que irse a casa de estos señores para interrogarlos". "La noticia no es hay una pelea en Granada e intentan matar a un chaval, la noticia es que ocurre esto y las autoridades públicas no actúan, es la sociedad civil la que se moviliza para localizar e identificar a los agresores y llevarlos ante la justicia".

Alba ha presentado una denuncia en la que pide que la Fiscalía actúe de oficio contra los agresores y en la que figuran las direcciones de los foros donde se les ha dado encontrado. Los forococheros se congratulan ("¡no sólo servimos para enviar a John Cobra a Eurovisión!"). El Fiscal Superior de Andalucía ha solicitado un informe a la Policía Nacional sobre los hechos para abrir una investigación.

La historia podría acabar aquí si hacemos una lectura sencilla: los foreros, ayudados por las redes sociales, hacen el trabajo de la policía e identifican en horas a los participantes en una pelea.

Pero la realidad no suele ser simple. La identificada como la chica del tacón de aguja es una menor, que ha denunciado a su vez las injurias sufridas en Facebook y cuyo caso está investigando la Fiscalía de Menores de Granada. Y hay dudas, como las expresadas con claridad en el blog del juez de menores Emilio Calatayud. ¿Hasta qué punto está justificada una 'cacería humana'? ¿De verdad fue la agresión tan grave y merece el escándalo público o todo se debe a su espectacularidad y al hecho de haber sido grabada? ¿Y si los señalados con nombres, apellidos, fotos y perfil de Facebook son inocentes? ¿Y aunque sean culpables, es ético hacer algo así sólo porque pueda hacerse? ¿Está bien saltarse en este caso a la Policía e incluso la opinión de los apaleados? ¿Es sólo el hecho de no ser mirados con lupa lo que protege nuestra intimidad? ¿Por qué sólo trasciende -incluso demasiado- lo ocurrido en Facebook, Twitter o YouTube pero los foros siguen siendo ignorados?

Yo sólo tengo claras dos cosas. Una: que las redes han dejado de ser un reflejo de la vida para ser la vida misma. Y dos: que espero que nunca salga mi Facebook en las noticias.

martes, 25 de enero de 2011

http://www.youtube.com/watch?v=mg11glsBW4Y&feature=player_embedded#t=0sElConfidencial.com > Tecnología

El chapuzón más ‘viral’


Cathy Cruz Marrero caminaba por el centro comercial Berksihe de Pensilvania al tiempo que escribía un SMS. No era consciente de que se dirigía en línea recta hacia una fuente dispuesta en la confluencia de dos calles. El móvil requirió en exceso su atención y, tal vez por este motivo, Marrero cayó de bruces en la fuente que se encontraba en su camino. “Vi el agua acercarse a mí, e incluso las monedas en el fondo y de repente, me vi dentro”, declaró. El chapuzón fue considerable, y totalmente empapada, abandonó el centro comercial para dirigirse a su casa a cambiarse de ropa. “Me sentí fatal, deseando que nadie me hubiera visto”, confesó, avergonzada. Nuestra protagonista era, hasta este punto, una ciudadana anónima más, con mala fortuna, eso sí, pero totalmente desconocida para el resto de los mortales. Esta situación cambiaría en cuestión de horas, porque las cámaras de seguridad del recinto inmortalizaron su desafortunado incidente, y un desalmado guardia de seguridad filtró el vídeo a YouTube. La secuencia arrasó en la Red y pronto alcanzó los tres millones de visitas, convirtiéndose en el fenómeno viral del momento. Doblemente humillada, nuestra protagonista comprobó además cómo los responsables de seguridad se reían de su caída, e incluso la apreciaban desde otro ángulo.


No le sentó nada bien a la aludida la falta de profesionalidad y decoro del guardia de seguridad, y the fountain girl -como ya se le conoce en la Red- ha anunciado que se querellará. “Nadie se acercó a preguntar cómo me encontraba ni a auxiliarme, y eso pese a que estaban viendo en directo mi caída”, afirma dolida Marrero. El abogado de la mujer de la fuente ya se frota las manos ante la millonaria minuta que se vislumbra en el horizonte del país de las demandas. “Estamos preocupados porque el personal de seguridad se interesó más por reírse de la afectada y distribuir el vídeo que por comprobar que mi clienta no había sufrido daños. Vamos a identificar a los responsables”, afirma el letrado. Algunas fuentes apuntan, sin embargo, que el guardia de seguridad que filtró el vídeo ha sido ya despedido, pero esto no evitará que el centro comercial esquive la demanda que se le viene encima.

Sin embargo, como buena historia que nos llega del otro lado del Atlántico, la de Marrero da para un guión en Hollywood: resulta que los medios han investigado a la accidentada y cuenta con una historia que daría para otro artículo. Quédense con un detalle: en el momento del chapuzón había hecho las compras con cargo a la tarjeta de una compañera de trabajo, hecho por el que ya tenía otra causa pendiente del año 2009.

ANÁLISIS: ANÁLISIS

Aquí no hay quien viva

PALOMA LLANEZA 25/01/2011

Más allá del entretenido e instructivo sainete tuiteriano de este fin de semana que nos ha dejado a muchos sin sueño y a otros sin resuello, parece que al final el PP y el PSOE han llegado a un acuerdo para rehabilitar una ley Sinde que, si me apuran, vuelve a la carga endurecida.

Perdónenme si no hago un análisis de grano fino de la propuesta, pues leo la enmienda de la concordia a uña de caballo. Parece que la intervención judicial no se aparta gran cosa de lo ya conocido, y si se aumenta, es para mejorar el tiro de la Comisión e identificar bien al titular de la web desde el principio del procedimiento, obligando a los proveedores de Internet a facilitar la información, no vaya a ser que se notifique a quien no es. Porque la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual sigue teniendo competencias para la adopción de medidas para el cierre de webs o la retirada de contenidos, concretada ahora en unos plazos reducidos: 48 horas se le dan a la web "expedientada" para que retiren voluntariamente los contenidos o cinco días para hacer alegaciones. Los plazos se siguen reduciendo con respecto a cualquier otro procedimiento administrativo limitando a dos días la práctica de la prueba y a cinco las conclusiones (normalmente la práctica no tiene plazo y las alegaciones se despachan en 15 días). Tras tres días que se dan a la Comisión para que redacte la resolución, queda la intervención judicial para ejecutar el cierre.

Más de lo mismo, en fin, pero con falso autobombo de doble control judicial. Todo a cambio de una promesa de modificación del canon por parte del Gobierno que, si no me salen mal las cuentas, y conociendo el secular retraso de los desarrollos reglamentarios, acabará colocando la cuestión en la agenda del próximo Gobierno, sea este del signo que sea. Seguiremos, para todo lo demás, con juzgados colapsados y anticuados y con una Ley de Propiedad Intelectual necesitada de urgente revisión. Mientras, se salva la cara de alguien o ante alguien, haciendo otra chapuza más de la que, mucho me temo, la realidad ya se encargará de hacer lo que le dé la gana. Y así seguimos, viviendo en 13 Rue del Percebe.

'Ley Sinde' for dummies

24 ENE 2011 23:53

Idas y vueltas, retoques y modificaciones, y, al final, la 'Ley Sinde' sigue prácticamente como estaba. La Disposición Final Segunda del Proyecto de Ley de Economía Sostenible, que es como en realidad se llama la normativa propuesta por el Gobierno para el cierre de sitios web de enlaces a contenidos protegidos por derechos de autor, cayó primero en el Congreso y volverá ahora en el Senado en virtud de un acuerdo entre PSOE, PP y CiU.

Llegados a este punto es tal el caos y la confusión en torno a esta norma que conviene repasar qué es, para qué sirve, cómo funciona, en qué cambia y cómo nos afectará tras su última modificación. Y perdonen si me extiendo:

¿Qué es?

Quizá sea mejor aclarar que no es la 'Ley Sinde'. Porque, en realidad, no es una ley. Tampoco es un procedimiento para cerrar páginas web. Es una modificación de una serie de leyes y normas para facilitar el cierre de páginas web que vulneren la propiedad intelectual según los criterios de una Comisión de Propiedad Intelectual que se encargaría de tramitar las denuncias sobre el particular ante la justicia, garante última del proceso. En concreto, la 'Ley Sinde' reformaría la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) -sin duda, no es la norma más afortunada que hay en España-, la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) y la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

¿Para qué sirve?

Sobre el papel, el objetivo de esta norma es proteger el derecho a la propiedad intelectual. Pero de forma muy curiosa por dos motivos. El primero es que convierte al Ministerio de Cultura en garante del derecho de propiedad intelectual aunque controlado por la Justicia. El segundo es que establece que se podrá actuar no sólo contra quien cause un daño, sino contra quien "sea susceptible de causar un daño patrimonial". Es decir, se trata de una medida de actuación preventiva. Algo parecido al canon cuya modificación ha pedido rotundamente la Unión Europea.

Una actuación preventida motivada porque, hasta ahora, los jueces han quitado la razón una y otra vez a la industria discográfica o del cine ya que ha absuelto una y otra vez a internautas que han descargado contenidos y a páginas web que enlazan contenido protegido. Por algo tan sencillo como que enlazar no es un delito. Así, mientras es imposible demostrar lo sea, sí podría argumentarse que una página web de enlaces es "susceptible de causar un daño patrimonial".

¿Cómo funciona?

Imagine que es el dueño de una discográfica y que ha encontrado una serie de páginas web desde las que se puede acceder a descargas gratuitas de la música que produce. Algo que no le gusta. Así que acude a la Comisión de Propiedad Intelectual, encargada de mediar, arbitrar y salvaguardar los derechos de propiedad intelectual, y denuncia el caso. Este organismo, en concreto su Sección Segunda, atiende su demanda y a continuación puede hacer dos cosas, que pueden ser simultáneas o no: acudir a la justicia para solicitar que el prestador de servicios a dicha página web -la empresa que la aloja, en la mayoría de los casos- facilite los datos del dueño del sitio -siempre bajo autorización judicial- y, por otra parte, solicitar también al proveedor de servicios que retire el contenido que infringe la ley.

Aquí de nuevo se derivan las posibilidades. Puede que la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional autorice la comunicación de los datos del presunto infractor o puede que no. Y ojo, porque es una autorización rápida de unas 24 horas, como si del registro de una casa se tratase. Si lo autoriza, el siguiente paso sería tomar medidas contra el infractor, y aquí entraría de nuevo la justicia. Si no lo autoriza, probablemente al denunciante no le quede más remedio que intentarlo de otra manera, con nuevos indicios de la infracción, hasta que lo logre.

Por otra parte, habría en marcha una petición -para la que no tiene que mediar la justica- al proveedor de servicios -insisto, normalmente empresas de hosting- para que retire el contenido problemático. En menos de 48 horas, el proveedor debe decidir qué hace. Si opta por retirar el contenido voluntariamente o tras una mediación de la Sección Primera -la forma de mediar se deja para un reglamento posterior-, se acabó el procedimiento. Si no lo hace y apuesta por presentar alegaciones y pruebas para defenderse, habrá dos días parar practicar las pruebas y cinco para que se presenten a las partes las conclusiones de éstas. Después, la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual debería dictar resolución en tres días. Según los expertos, en total, no menos de 15 días.

Pero la ejecución de su resolución sólo puede llevarse a cabo tras una autorización de un juzgado central de lo contencioso-administrativo. Es decir, acabamos, de nuevo, ante los tribunales. Pero con las reformas explicadas anteriormente, no habría que probar que ha habido un daño, sino que el sitio infractor es "susceptible de causar un daño patrimonial". Suena muy... preventivo, ¿no?

¿En qué cambia tras el último acuerdo PSOE-PP-CiU?

1.- En la anterior redacción de la 'Ley Sinde', no era necesaria la autorización judicial para que la Comisión de Propiedad Intelectual requiriese los datos de un cliente a un proveedor de servicios. Ahora sí. En concreto, hay que solicitarlo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional .¿Se imaginan que un ministerio obligase a Correos a dar detalles sobre su servicio a un cliente? Pues esto era algo parecido.

2.- En la nueva redacción se establece la composición de la Sección Primera, de mediación y arbitraje, de la Comisión de Propiedad Intelectual: "tres miembros nombrados por el Ministerio de Cultura, a propuesta de los Subsecretarios de los Ministerios de Economía y Hacienda, Cultura y Justicia, por un período de tres años renovable una sola vex, entre expertos de reconocida competencia en materia de propiedad intelectual. Los Ministerios de Cultura y Economía y Haciendo nombrarán, conjuntamente, al Presidente de la Sección Primera". Una composición muy equitativa...

3.- Se dan más detalles sobre los plazos de actuación de la Sección Segunda. Se establecen 48 horas para que el prestador de servicios retire el contenido infractor o presente alegaciones, dos días pra efectuar pruebas periciales, cinco días para presentar sus resultados y otros tres días para la resolución de la comisión, sin contar con lo que tarde en ratificarla o desautorizarla un juez.

4.- También se explica la composición de la Sección Segunda: "bajo la presidencia del Subsecretario del Ministerio de Cultura o persona en la que éste delegue, se compondrá de un vocal del Ministerio de Cultura, un vocal del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, un vocal del Ministerio de Economía y Hacienda y un vocal del Ministerio de Presidencia". Muy administrativo.

5.- Y por último, aunque está lo primero en el texto dado su poder como herramienta de relaciones públicas, el Gobierno se compromete, "en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la Ley, mediante Real Decreto" a "modificar la regulación" del canon digital. Algo que, en todo caso, convendría para poder facilitar la demostración de un susceptible daño patrimonial.

Digan lo que digan los autores de la nueva ley, no se trata de cambios en absolluto importantes. Y me atrevería a decir que tampoco significativos, pues el primero, que es el más importante, era necesario para no convertir la ley en algo difícil de justificar ante la Constitución.

¿Cómo nos afectaría esta ley si se aprueba?

Lo más triste es que, probablemente, sería una ley inútil de salir adelante porque su jurisdicción sería únicamente el territorio español. Quizás podría suponer el cierre de un montón de páginas web de enlaces -o no- pero quedarían tantas ahí fuera que sería imposible acabar con todas. Es decir, únicamente serviría para amedrentar, pero desde luego no tendría un efecto práctico en la disminución de las descargas. [NOTA: Como me recuerdan, se podría bloquear una pagina web alojada fuera de España a través de su IP mediante la LSSI sin necesidad de solicitar la suspensión de su contenido.]

Por otra parte, no conozco ninguna página web que no use una imagen, un vídeo o una plantilla que no esté protegida por derechos de autor. Incluso sin hacerlo de forma maliciosa. Si alguien se pusiese quisquilloso, se podría pedir el cierre del 95% de las páginas web españolas. Y no exagero, desde el blog con menos tráfico a los medios de comunicación más grandes. No hablemos de Google, Facebook o YouTube, repletos de enlaces y contenidos protegidos.

Y, lo último y más triste de todo es que se trataría de una norma que establece como garante de un derecho a quien crea la ley para defenderlo -aunque haya control judicial en última instancia-. ¿Se imaginan que el Ministerio de Cultura crease una Ley para defender la libertad de expresión y decidiese quién la vulnera? Pues eso.

lunes, 24 de enero de 2011

Devoluciones por internet

PARA COMPRAS SUPERIORES A 60 EUROS

La Unión Europea fija en 14 días el plazo de devolución de las compras hechas por Internet

  • La directiva prohibe las casillas marcadas automáticamente en las compras
Actualizado lunes 24/01/2011 17:02
Efe | Europa Press

Bruselas.- Los países miembros de la Unión Europea han acordado fijar en 14 días el plazo de devolución de cualquier compra de más de 60 euros hecha por Internet, el doble que en la actual normativa española.

El Consejo de la Unión Europea ha aprobado la directiva para la protección de los derechos de los consumidores, en la que se fija, entre otras normas, este plazo de devolución para todos los países comunitarios, incluida España, donde el límite actual es de siete días si el consumidor queda insatisfecho.

El texto legal, propuesto por la Comisión Europea en 2008, pretende reducir los costes a los comerciantes y facilitar la venta transfronteriza en igualdad de condiciones.

Los comerciantes tendrán la obligación de proporcionar a sus clientes información sobre las características del producto, el coste del envío y los impuestos aplicables.

Como norma general, el cliente no estará obligado a abonar los costes adicionales de los que no haya sido informado debidamente.

Si el producto llega tarde o dañado, el comprador podrá devolverlo y exigir el retorno del dinero abonado. En caso de quedar insatisfecho, en los 14 días siguientes a su recepción podrá devolverlo pagando solamente los gastos de envío.

Este derecho también se aplicará para los servicios, incluso aunque la provisión de ese servicio ya haya comenzado. En ese caso, se restará del dinero devuelto la parte proporcional al servicio disfrutado.

Por otro lado, la legislación prohíbe que existan casillas marcadas automáticamente, como por ejemplo las que suelen incluir los portales de viajes, relativas a la contratación de seguros de viaje o a la prioridad de embarque.

Los estados miembros han introducido durante la negociación un umbral de 60 euros, por debajo del cual no afectan las provisiones de esta directiva, que aún tiene que ser refrendada por la Eurocámara.

Ley Sinde

PROPIEDAD INTELECTUAL | Cospedal dice que es posible el acuerdo

El PP insiste en ampliar las garantías judiciales para apoyar la Ley Sinde

  • El Gobierno espera poder alcanzar un acuerdo, afirma el ministro Jáuregui
  • Siguen las negociaciones entre PSOE y PP para alcanzar un acuerdo

En perfecto secreto, continúan las negociaciones entre populares y socialistas para salvar la llamada Ley Sinde en el Senado. La secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, ha afirmado que es posible llegar un acuerdo entre su partido y el PSOE sobre la llamada Ley Sinde siempre que haya garantías judiciales.

En declaraciones a la Cadena Ser, Cospedal se ha referido así a la marcha de las negociaciones entre ambos partidos para la presentación de enmiendas al texto de la Ley de Economía Sostenible en el Senado. A medianoche concluye el plazo de presentación de enmiendas.

El Gobierno se muestra optimista y espera poder alcanzar hoy un acuerdo con los populares que permita introducir en el Senado una enmienda pactada que 'resucite' la Ley Sinde. El ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui, afirmó que su objetivo es alcanzar un acuerdo "con todos los grupos políticos", pero actualmente está tratando de estrechar posturas con el PSOE para garantizarse su aprobación, informa Servimedia.

"Nos parece que es una necesidad del sistema de propiedad intelectual y del sistema de funcionamiento de la Red, porque no podemos olvidar que en nuestro país está produciendo un efecto muy gravoso a la industria de la música y al cine en el volumen de las descargas", asegura Jáuregui.

No obstante, y aparte de las declaraciones públicas de estos responsables políticos, el contenido de las negociaciones entre ambos partidos se mantiene en el más estricto secreto.

La disposición

La llamada Ley Sinde es una disposición que originariamente se encontraba en el texto del proyecto de la LES, y que preveía que un órgano administrativo depentiende de Cultura pudiese ordenar rápidamente el cierre de un sitio web que enlazase contenuidos protegidos por derechos de autor, previa autorización judical.

Esta disposición fue eliminada del texto normativo durante su anterior trámite en el Congereso de los Diputados por falta de apoyo parlamentario, especialmente del grupo parlamentario de CiU.

Ahora, cabe la posibilidad de que el cierre rápido de sitios web vuelva al texto de la LES en forma de enmienda en el Senado, donde el Partido Popular tiene la mayoría.

La posibilidad de un acuerdo

"A lo mejor podemos llegar a un acuerdo. Por el PP no va a quedar, siempre que haya garantías judiciales", ha señalado Cospedal, que añadió que el PP ha puesto en este tema "la mejor voluntad" y todo su empeño en que tiene que haber una garantía judicial porque, según ha indicado, es un "disparate" y un "atentado a la intimidad" que un ministerio o que la administración pueda directamente decidir e investigar todo aquel que entra en una determinada página o cuántos entran "sin tan siquiera garantía judicial".

Sobre las negociaciones, ha recordado que es la primera vez, durante el trámite en el Senado, que el Gobierno ha querido hablar con el PP, "porque antes no quiso ni hablar", y ha insistido en la disposición de su partido para alcanzar un acuerdo.

Negociaciones

Fuentes parlamentarias polulares confirmaron la existencia de una reunión hoy entre PP y PSOE para tratar de alcanzar un acuerdo sobre el asunto.

Mientras, algunos medios dan por hecho un acuerdo para que la disposición vuelva a la LES a cambio de, por un lado, dar más protagonismo al juez -que intervendría no sólo autorizando a la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual a decretar el cierre de un sitio web, sino participando también en la investigación sobre la misma- y, por otro, de un compromiso para adaptar el canon digital a la sentencia del Tribunal Europeo que pide que se aplique de forma no indiscriminada.

No obstante, otras fuentes afirman que el PP ver complicado que ambas fuerzas políticas lleguen a un acuerdo.

Alemania frena a Facebook

INTERNET | Privacidad

Alemania restringe el envío de invitaciones de Facebook

Foto: Afp.

Foto: Afp.

La Oficina alemana de Protección de Datos acaba de anunciar que ha llegado a un acuerdo con Facebook para bloquear las invitaciones no solicitadas que el sistema estaba enviando a personas que no son miembros de la red social. De ahora en adelante, no se podrán enviar invitaciones a 'añadirse como amigos' a usuarios de Internet que previamente no hayan abierto una cuenta propia en Facebook.

La aplicación 'Friend Finder' o 'Buscador de amigos', que permite que Facebook envíe invitaciones por correo electrónico a usuarios a través de la lista de direcciones de sus miembros, venía recibiendo muchas críticas en Alemania por uso indebido de datos y las autoridades, finalmente, han determinado que viola las leyes que protegen la privacidad, al permitir el acceso no autorizado a información de terceros.

La Oficina de Protección de datos, con sede en Hamburgo, ha impuesto a la red social un plan de 14 puntos que permitirá que sus miembros tengan más control sobre las direcciones de correo electrónico que quieren compartir con el sitio.

Johannes Caspar, responsable de la negociación del acuerdo en nombre de los usuarios alemanes, ha declarado que "los cambios tienen por objeto la protección de quienes no son miembros y cuya información estaba siendo utilizada sin su consentimiento, con fines que iban más allá de conectarse con sus amigos y que terminaban contribuyendo a los beneficios de Facebook".

Facebook ha emitido un escueto comunicado en el que da la "bienvendia" al acuerdo con las autoridades alemanas y en el que garantiza que de ahora en adelante no usará estas direcciones a terceros. "Estamos complacidos de haber llegado a una solución con la Autoridad de Protección de Datos de Hamburgo sobre las preocupaciones que tenían en relación con el buscador de amigos y queremos continuar con nuestras discusiones constructivas y diálogo en el futuro", afirma su departamento de prensa en Alemania.